ARTÍCULOS

 

Violencia contra las mujeres en tres ciudades de Colombia: Pasto, Cartagena y Cali. 2005–2009*

 

Violence against women in three cities in Colombia: Pasto, Cartagena and Cali. Reflection from the figures for regional observatories 2005–2009

 

 

Beatriz Londoño Toro** , Sheila Giraldo Duque*** , Ana Milena Montoya Ruiz**** , Vanina Moadie Ortega**** , María Irene Victoria Morales**** , Isabel Goyes Moreno****

 

** Directora de la investigación. Abogada UPB, doctora en Derecho de la Universidad Complutense de Madrid. Profesora titular e investigadora de la Facultad de Jurisprudencia, Universidad del Rosario. Directora del Grupo de Investigación en Derechos Humanos de la Universidad del Rosario en Bogotá, Colombia. Beatriz.londono@urosario.edu.co

*** Asistente de investigación del Grupo de Investigación en Derechos Humanos–Universidad del Rosario. Estudiante de Comunicación Social en la Fundación Universitaria INPAHU. sheila.giraldo@urosario.edu.co

**** Magíster en Género Sociedad y Política del Programa Regional de Género y Políticas Públicas PRIGEPP–FLACSO Argentina, docente de Derecho Público Universidad de Medellín. Fue investigadora del Grupo de Investigaciones Sociales y Jurídicas del Programa de Derecho de la Fundación Universitaria Tecnológico Comfenalco–Cartagena, en Convenio con la Universidad de Medellín. ammontoya@udem.edu.co

**** Abogada. Especialista en Derecho Comercial, maestranda en Derecho de la Universidad de Medellín en convenio con la Fundación Universitaria Tecnológico Comfenalco–Cartagena. Docente titular e investigadora en el área de Derecho Privado en la Universidad de Cartagena y de la Fundación Universitaria Tecnológico Comfenalco–Cartagena. Investigadora del Grupo de Investigaciones Sociales y Jurídicas del Programa de Derecho de la Fundación Universitaria Tecnológico Comfenalco – Cartagena en Convenio con la Universidad de Medellín. vanmoadie66@hotmail.com

**** Antropóloga, magíster en Lingüística, especialista en Administración Pública, magíster en Psicología, énfasis en Cultural. Docente, investigadora de la Pontificia Universidad Javeriana Cali. ivictoria@javerianacali.edu.co

******* Abogada de la Universidad de Nariño. Magíster en Derecho de la Universidad Nacional y doctora en Ciencias de la Educación de RUDECOLOMBIA. Directora del Centro de Investigaciones y Estudios Sociojurídicos de la Universidad de Nariño. Docente Titular de la Facultad de Derecho de la Universidad de Nariño. Directora del Grupo de Investigación Derecho, Justicia y Región –Dejure–. Isabelgm99@yahoo.com

**** Abogada de la Universidad de Nariño. Especialista en Derecho Constitucional, Universidad Nacional de Colombia. Vinculada al Centro de Investigaciones y Estudios Sociojurídicos de la Universidad de Nariño. Coordinadora del Proyecto de Investigación en Derechos Humanos, adscrito al grupo de investigación Derecho, Justicia y Región. Joven Investigadora–Colciencias 2010. samyf5@hotmail.com

 

Recibido: noviembre 15 de 2013

Aceptado:: marzo 4 de 2014

 


RESUMEN

Este artículo presenta los resultados de una investigación que evidencia la gravedad de la situación de violencia contra la mujer con un examen específico de este fenómeno en las relaciones de pareja. El aporte de las investigadoras radica en la documentación de los principales problemas referidos a la dinámica de las vulneraciones, tipologías de agresores, formas de violencia e incluso períodos en que se incrementan estos fenómenos a partir de las cifras de los Observatorios Regionales de Cali, Pasto y Cartagena (Colombia). Finaliza con unas propuestas relacionadas con el fortalecimiento de las políticas públicas, respuesta estatal e institucional y diseño de mecanismos de acceso a la justicia para las mujeres.

PALABRAS CLAVE: violencia contra las mujeres; violencia de pareja; violencia de género; observatorios regionales de violencia de género.


ABSTRACT

This article presents a research that demonstrates the seriousness of the situation of violence against women in intimate relationships. The contribution of the research lies in the collection of figures from regional centers in Cali, Pasto and Cartagena, which refer to the main problems identified, and dynamics of violations, types of offenders, forms of violence and even periods when these phenomena are increased. It ends with some proposals concerning the strengthening of public policy, state and institutional response mechanisms, and designing of access to justice for women, given the serious situation described in intimate partner violence in the context of domestic violence.

KEY WORDS: Violence against women; partner violence; Gender violence; intimate partner violence; Regional observatories of gender–based violence.


 

 

Introducción

El objetivo general de la investigación buscó explorar en las ciudades de Pasto, Cali y Cartagena los fallos judiciales del año 2005 al 2009, en las jurisdicciones penales y de familia, para establecer información relevante sobre la violencia contra la mujer en el marco de la violencia intrafamiliar, específicamente la violencia contra la pareja, y el manejo que se da a dicha problemática en el ámbito judicial en Colombia (Londoño–Toro, 2013).

Este artículo da cuenta de los resultados en la fase descriptiva inicial, donde el equipo consideró que era necesario tomar como punto de partida la búsqueda y análisis de fuentes estadísticas institucionales en cada una de las ciudades examinadas y realizar la comparación de los datos y la realidad de las mujeres en estas tres ciudades. Se optó por considerar como fuente de mayor valor la de los Observatorios Regionales de Género existentes y otros Observatorios Sociales, así como fuentes de instituciones gubernamentales y no gubernamentales y centros de documentación, que existen en dichas ciudades. Se complementó esta información con otros estudios, y en algunos casos, se acudió al derecho de petición para la obtención de los datos.

En la ciudad de Cartagena se utilizaron cifras del Observatorio Social de Cartagena ''Cómo vamos'' (Universidad Tecnológica de Bolivar et al., 2008), del Observatorio de Derechos Sociales y Desarrollo (2009), del trabajo ''Cartageneras, cifras y reflexiones'' (Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo AECID et al, 2008) y la política pública de la ciudad (2009), se complementó la información con datos de los diagnósticos realizados por el Movimiento Social de Mujeres para la elaboración de la ''Política Pública de Equidad de Género Cartageneras en Pleno Goce de Nuestros Derechos''. En dicha ciudad, mencionar la existencia de los observatorios de género es aún una aspiración.

En el estudio referido a la ciudad de Cali la fuente principal de información fue el Observatorio de Violencia Familiar, institución que en la última década ha desarrollado un proceso cada vez más riguroso para dar cuenta de la caracterización del tipo de violencias familiares atendidas por los diferentes organismos estatales. Con el propósito de rastrear la violencia intrafamiliar y específicamente la violencia entre parejas en el municipio de Santiago de Cali en los años 2005, 2006, 2007, 2008 y 2009, se consultaron los informes de esta institución. Se resaltan trabajos como los elaborados por la Alcaldía de Santiago de Cali (2008), por Bustamante Arango (2010) y por Victoria (2010).

En la ciudad de Pasto, el grupo de investigación Derecho, Justicia y Región, adscrito al Centro de Investigaciones y Estudios Sociojurídicos de la Universidad de Nariño, realizó una búsqueda en profundidad examinando los expedientes en los Despachos Judiciales a través de su proyecto Observatorio de Justicia Regional de Nariño, al igual que las cifras y documentos en las entidades que forman parte de la ruta de atención, obteniendo información relevante sobre la realidad de este fenómeno.

La información que se obtuvo por los equipos regionales en los Observatorios y otras fuentes institucionales y no institucionales tiene limitaciones desde el punto de vista estadístico por las siguientes razones: i) No se ha realizado en el país un esfuerzo por estandarizar la medición de la violencia de género y la violencia contra la pareja, ii) Cada observatorio ha realizado los diseños para su ciudad, sin evaluar las experiencias de los demás observatorios, iii) No existe, en el ámbito nacional, ninguna entidad que asuma la coordinación y apoyo de estos observatorios, iv) Medicina Legal, que es el ente más importante en la recolección de información, reconoce que no tiene un trabajo de sistematización de la violencia de género.

Algunas de las variables que se estudiaron fueron:

i) Género de las víctimas: considera tanto a hombres como a mujeres que han denunciado algún tipo de violencia. Esta variable permite identificar comparativamente la preponderancia de los hechos violentos según el género.

ii) Edad: cronológicamente no se establecen límites de edad, de tal manera que se identifican edades de las víctimas que se corresponden con las diferentes etapas del desarrollo vital tales como la infancia, la adolescencia, la juventud, la adultez y la tercera edad. La variable edad de la víctima permite señalar las edades en las cuales se sufre más violencia según el género

iii) Registro de victimarios: de identifica al victimario de acuerdo con la existencia o inexistencia de vínculo con la víctima:

• Parentesco (consanguinidad o afinidad), tipo de vínculo afectivo presente, y en algunos casos poco consistentes, vínculos pasados (esposo, amante, compañero, novio, excompañero, exesposo, exnovio)

• Ausencia de vínculo, desconocido.

iv) Tipología de las violencias: esta variable corresponde actos de violencia física, violencia psicológica, y violencia sexual. La revisión de los registros evidencia que aún no incluye de manera consistente la violencia patrimonial ni económica.

v) Acceso a las instituciones en la ruta de atención pública: desde la perspectiva de las políticas públicas se plantea la ruta de atención a la violencia contra la mujer como un ejercicio permanente de coordinación y actuación interinstitucional e intersectorial en el cual intervienen:

• El sector salud: EPS.

• El sector justicia: Fiscalía –Centro de Atención a Víctimas de Violencia Sexual– CAIVAS, Medicina Legal.

• El Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, ICBF, la Comisaría de Familia, Inspección de Policía, Unidad Permanente para los Derechos Humanos de la Personería.

Teniendo en cuenta la ruta en la variable 'acceso a las instituciones', se identifican aquellas a las que más acuden las mujeres y las formas de tramitación de la violencia en los contextos institucionales de la ruta.

En la primera parte se presenta una reseña de las principales investigaciones que sobre el tema se han desarrollado en Colombia y en las regiones examinadas. Luego se realiza un acercamiento cuantitativo a la realidad de la violencia contra la mujer, a partir de un análisis sobre las cifras obtenidas en las tres ciudades.

Las conclusiones y recomendaciones del grupo se orientan a aportar elementos para continuar trabajos de investigación y acción que permitan fortalecer el discurso de género y derechos humanos de las mujeres en las decisiones judiciales, el cumplimiento de la normativa nacional e internacional, el acompañamiento a las mujeres en las rutas de atención establecidas y la superación de la grave situación de violencia e impunidad que sufren en su vida cotidiana, especialmente, en sus relaciones de pareja.

 

1. Breve estado del arte

Los estudios sobre este tema son recientes y corresponden a una dinámica en la cual la academia y las organizaciones sociales, en alianza con las instituciones gubernamentales nacionales e internacionales han dado un impulso significativo.

Se reconoce en las investigaciones recientes que se debe reconceptualizar la violencia familiar o ''intrafamiliar'' y darle el trasfondo de violencia contra la pareja (Guillén & Vergara, 2010). Es evidente que en la tensión derechos de la familia frente a derechos de las mujeres, un sector de los investigadores se inclina por los primeros y aboga por medidas que intenten ''recuperar la unidad familiar''.

En el trabajo de Andrés–Pueyo, López y Álvarez (2008) se hace un recuento de los estudios más recientes en relación con la violencia contra la pareja, en adelante VCP, y se destacan: i) el proceso de distinción de otros tipos de violencia como la de género y la doméstica o familiar; ii) el desarrollo de instrumentos de evaluación de esta forma específica de violencia; iii) la existencia de programas específicos de atención a las víctimas y de tratamiento para los agresores, y iv) la formulación de modelos integrados para explicar este fenómeno (Andrés–Pueyo, López & Álvarez, 2008, p.108).

La violencia contra la pareja (VCP) no es solo un sinónimo de agresión física sobre la pareja, es un patrón de conductas violentas y coercitivas que incluye los actos de violencia física contra la pareja pero también el maltrato y abuso psicológico, las agresiones sexuales, el aislamiento y control social, el acoso sistemático y amenazante, la intimidación, la humillación, la extorsión económica y las amenazas más diversas (Andrés–Pueyo, López & Álvarez, 2008, p. 109).

Es también importante reconocer que las víctimas más recurrentes de violencia contra la pareja son las mujeres; en este sentido se señala que la violencia contra las mujeres es ''la más generalizada. En el 98 % de los casos contabilizados, el autor es un hombre'' (Hirigoyen, 2006, p. 16).

Como dificultades que impiden combatir la violencia de pareja se señalan, entre otras: i) la falta de definiciones adecuadas que den cuenta del problema ii) la invisibilización social y jurídica de la violencia familiar o de pareja y iii) la idealización de la institución de la familia y su sacralización.

Para hacer un recorrido breve y no exhaustivo de los trabajos colombianos en la materia, debemos precisar que existen cuatro áreas identificables claramente en las investigaciones: i) Violencia intrafamiliar, familiar, doméstica ii) Violencia contra la pareja iii) Género y derecho y iv) Violencia de género en el marco del conflicto. En esta reseña nos dedicaremos al primero y segundo temas, ya que constituyen parte integrante del marco teórico de la investigación que se realizó. Reconocemos, además, que aún son escasos los trabajos sobre violencia contra la pareja en Colombia.

En la década estudiada, hacemos referencia a un primer trabajo, de enorme valor para las investigaciones sobre género y derecho en nuestro continente, denominado Cuerpo y derecho. Legislación y Jurisprudencia en América Latina (Cabal, 2001). Se trata de un importante documento utilizado como referente para el análisis de los fallos judiciales emitidos por los despachos analizados, en el sentido de ubicar las tendencias jurídicas sobresalientes de los argumentos que las juezas y los jueces esgrimían al momento de dirimir un conflicto relacionado con casos de violencia contra la mujer. Dentro de este contexto, fue posible identificar la inobservancia de los operadores judiciales al momento de identificar los derechos afectados y la ausencia de una perspectiva de género en sus decisiones.

En el tema de violencia intrafamiliar se referencia la investigación realizada por la Universidad Externado de Colombia denominada Conflicto y violencia intrafamiliar (Rubiano, 2003), que presenta importantes aportes metodológicos y conceptuales para los futuros trabajos desarrollados en el país. En esta investigación, el estudio de campo se centró en la ciudad de Bogotá, donde se examinaron ''100 expedientes de casos de VIF en Fiscalía, 525 familias con violencia intrafamiliar que solicitaban servicios de las Comisarías de Familia y 100 casos de familias de similar condición pero sin eventos de violencia intrafamiliar'' (Rubiano, p. 22). Llama la atención en este estudio, cómo las categorías utilizadas, sus descripciones y conclusiones tienen un efecto evidente en las investigaciones posteriores y en las medidas legislativas que se dan con posterioridad a su publicación.

Uno de los hallazgos más interesantes de esta investigación es que ''en el grupo objeto de estudio, la violencia intrafamiliar es múltiple, diversa y repetitiva o crónica'' (Rubiano, 2003, p. 245). A juicio de estos investigadores, la violencia contra la pareja y la violencia intrafamiliar son procesos, y así deben ser miradas por las políticas públicas.

Las conclusiones de este trabajo se orientan a que ''la intervención en Violencia intrafamiliar debe incluir a las distintas partes involucradas y estar orientada a proteger, restituir, fortalecer y mantener el vínculo y la unión familiar, antes que a separar, segmentar o disolver la unidad'' (Rubiano, 2003, p. 251).

La Corporación SISMA MUJER desarrolla investigaciones a través del Observatorio de Derechos Humanos de las Mujeres en Colombia. Se destaca el estudio Violencia contra las mujeres en Colombia ¿Se hará justicia? (SISMA MUJER, 2005), donde se denuncia cómo, a pesar de los avances normativos, la legislación colombiana es dispersa y se encuentra fragmentada. En este trabajo no solamente se revisa el tema en los ámbitos interno e internacional, sino que se propone una serie de reflexiones para la definición de una ley en Colombia.

La labor de la Asociación Probienestar de la Familia Colombiana (en adelante Profamilia) en este tema es significativa y su aporte es un insumo permanente a las investigaciones. Sus trabajos se basan en la Encuesta Nacional de Demografía y Salud que tiene cobertura nacional. A partir de la Encuesta se publica cada 5 años un informe llamado: Salud sexual y reproductiva en Colombia. En el trabajo del año 2010 puede encontrarse en el capítulo 13 un estudio profundo y detallado a partir de las encuestas aplicadas a las mujeres en todo el país. Se examinan la violencia verbal, la violencia física, el consumo de alcohol y sustancias psicoactivas, la situación de las mujeres maltratadas físicamente, violadas, y las dificultades en el acceso a la justicia (PROFAMILIA, 2010).

En el año 2008 se publica el libro, La mirada de los jueces: género y sexualidad en jurisprudencia latinoamericana (Sáenz, 2008) Este libro examina las principales decisiones judiciales de las Altas Cortes Latinoamericanas sobre los derechos de las mujeres y la diversidad sexual.

En el mismo año se publican dos trabajos de enorme importancia porque avanzan en el tema de acceso a la justicia y evidencian los graves casos de violencia contra las mujeres en Colombia. Se trata de la investigación de la Corporación Humanas y AECID sobre La situación de las mujeres víctimas de violencia por razones de género en el sistema penal acusatorio (Báez, 2008), y el trabajo de Vargas (2008) sobre Feminicidio, mujeres que mueren por violencia intrafamiliar en Colombia.

En el trabajo de Báez (2008), aunque se hace énfasis en el impacto del sistema penal acusatorio sobre las mujeres víctimas de delitos por razones de género, se concluye que:

Los problemas para que las mujeres accedan a la justicia se derivan de un sistema de justicia que privilegia la protección al victimario en desmedro de la protección de la víctima, que incentiva la descongestión judicial y la celeridad procesal, en detrimento, en muchos casos, de los derechos de las víctimas y, por supuesto, de la discriminación histórica que afecta a las mujeres y se agudiza con el desconocimiento de esta problemática en la aplicación jurídica (Báez, 2008, p.105).

Vargas en su libro hace fuertes críticas al Estado y su ausencia frente a la problemática de violencia y muerte de las mujeres en Colombia; allí se afirma que ''no hay un verdadero seguimiento a los casos, las bases de datos oficiales no están unificadas; el registro de los casos se hace de una manera desarticulada y la ruta crítica de atención pierde continuidad al cambiar la entidad que conoce de los mismos'' (Vargas, 2008, p. 12).

En el tema de los modelos de atención a mujeres en situaciones de violencia, se destacan trabajos como el de la Casa de la Mujer en Bogotá y el desarrollado en Barranquilla por Romero–Mendoza y Amar (2009), donde evalúan y plantean propuestas para la prevención y atención integral a niñas y niños víctimas de violencia intrafamiliar en el Barrio la Paz de Barranquilla.

En revistas científicas colombianas se ha publicado poco sobre el tema y debemos destacar el artículo de los profesores Blanco y Santacruz donde se muestra, a partir del análisis jurisprudencial, cómo: ''El abuso sexual entre estos miembros de una misma familia contiene tanta gravedad, que desborda los límites propios del delito de violencia intrafamiliar para encuadrarse en otros tipos penales autónomos que concurren con el mismo'' (Blanco & Santacruz, 2009, p.143).

El libro de Buenahora (2009) constituye un excelente aporte en el nivel de diagnóstico de las acciones de las organizaciones para buscar el acceso a la justicia de las mujeres y en la construcción de propuestas y recomendaciones para el trabajo urgente en esta área a través de cabildeo, acciones de investigación, acciones de fortalecimiento de la gestión institucional y de apoyo técnico, acciones de exigibilidad jurídica y litigio estratégico y acciones de asesoría, protección y atención a víctimas.

El trabajo Estudio sobre tolerancia social e institucional a la violencia basada en género en Colombia'' (Fondo de las Naciones Unidas y España para el cumplimiento de los Objetivos de Desarrollo del Milenio, 2010) ofrece un referente importante para la identificación y estudio de casos que refieren cualquier forma de violencia contra la mujer, pues la estructuración del marco conceptual y el levantamiento y análisis de las líneas de base que el documento expone efectivamente estructuraron un acercamiento a la realidad que enfrentan las mujeres a lo largo del territorio colombiano.

Uno de los trabajos más recientes y que merece ser referenciado por tratarse del Primer Encuentro Nacional de Investigadores en Asuntos de Género son las memorias de dicho ejercicio en el territorio nacional (Alta Consejería Presidencial para la Equidad de la Mujer, 2012). El libro recoge investigaciones recientes sobre violencia contra la mujer, salud integral, sexual y reproductiva, y embarazo adolescente, participación política de las mujeres, mercado laboral y desarrollo económico para las mujeres y la situación de las mujeres rurales.

Es posible evidenciar, además, que existe una influencia de los trabajos de investigación y acción del movimiento social y público de mujeres, en las normas y políticas públicas colombianas. El siguiente cuadro da cuenta de esta evolución normativa:

Como avance se destaca la incorporación de nuevos enfoques para el estudio de la violencia familiar y contra la pareja, la inclusión de estándares internacionales en la normativa y una ubicación de este tema en la agenda de lo público en Colombia. Subsisten, sin embargo, preocupaciones por la eficacia de estas normas.

 

2. Resultados

El análisis de las variables de género, edad de las víctimas, registro de victimarios, tipología de las violencias y acceso a las instituciones en la ruta de atención pública permite evidenciar que la realidad empírica de las violencias contra las mujeres empieza a ser visibilizada a través de las estadísticas; sin embargo, el trabajo es incipiente y aun así a través del comportamiento de estas variables descritas, se muestra a continuación la dimensión de la problemática y la importancia de la construcción de criterios y registros estadísticos unificados que permitan la comprensión del fenómeno con el fin de incidir en propuestas pertinentes de intervención.

2.1 Las mujeres son las principales víctimas

Las cifras de las tres ciudades en el período 2005–2009 muestran que las víctimas de los principales tipos de violencia establecidos en Colombia por la Ley 1257 de 20082 son generalmente las mujeres. El gráfico 1 nos presenta un comparativo parcial de cifras en violencia contra la pareja en dos de las ciudades examinadas y comparadas con respecto a las cifras nacionales (obtenidas en los informes del Instituto Nacional De Medicina Legal y Ciencias Forenses, en adelante Forensis).

Las cifras de Cali superan a las demás ciudades y equivalen al (52,77 %) de la cifra reportada en el ámbito nacional. Según los estudios del año 2007, allí ''un 71 % del total de reportes son de violencia contra mujeres. En el grupo de edad entre los 15 y los 45 años, la relación es de un hombre maltratado por cada seis mujeres (mujeres en edad fértil). El maltrato contra las mujeres en edad fértil representa el 59 % del total de casos reportados en mujeres y los agresores del grupo de edad entre los 19 y los 45 años de edad, son fundamentalmente, el compañero (42.6 %) y el excompañero (37.8 %)'' (Espinoza, 2007, p. 6). Como se verá más adelante las tendencias en relación con los grupos de edad más vulnerables se modifican en los años 2008 y 2009.

En Pasto no se referencia explícitamente este fenómeno y en Cartagena existe un gran subregistro. No se incluye la violencia generada por los exmaridos, exnovios o excompañeros en los reportes de los observatorios, salvo en el de la ciudad de Cali.

En Colombia apenas se inician, en el 2012, los estudios de Medicina Legal para evidenciar la violencia de género en las cifras de homicidios del país.

2.2 Rangos de edad en mayor riesgo para las mujeres

Antes de presentar las cifras (cuadro 2) es necesario precisar que los rangos planteados en las tres ciudades no coinciden y que existe igualmente subregistro.

Los rangos de edad que presentan mayor riesgo de violencia contra las mujeres tendrían que diferenciarse así: i) Violencia contra las niñas: 5 a 9 años en Cartagena, 0–4 años en Pasto y 5 a 12 años en Cali – ii) Violencia contra la pareja: 40 a 44 años en Cartagena, 25 a 60 años en Cali y 15 a 44 años en Pasto. Estos rangos de edad deberían mirarse en profundidad para diseñar estrategias de protección adecuadas en los diferentes grupos etarios, para las niñas, adolescentes, jóvenes, adultas e incluso mujeres mayores.

2.3 Los victimarios conocidos y desconocidos

Del trabajo estadístico se evidencia que existen unos actores claramente reconocidos de esta violencia contra las mujeres: los cónyuges, los compañeros e, incluso, los novios; hay otros actores que no ha sido considerados en la regulación penal para efectos de agravación punitiva del delito y son los excompañeros, exnovios o exesposos y allí las cifras de Cali son abrumadoras. En el estudio realizado en Cartagena no se encontraron cifras sobre la violencia ejercida por excónyuges y excompañeros permanentes, y en el caso de Pasto, la situación aún no es evidente, pues este tipo de episodios se clasifican en la categoría de ''otros'', abandonando la posibilidad de especificar las características y frecuencia de estas conductas.

La impunidad ronda en estos casos y las víctimas quedan a merced de una figura cultural que amplía fenómenos de ''posesión sobre la mujer'', aunque los vínculos afectivos o jurídicos ya no existan. Debe examinarse este hallazgo y reconocer jurídicamente que existe una situación de vulnerabilidad y desprotección que se agudiza. Este hallazgo implica hacer una propuesta de modificación de la normativa penal y nuevas interpretaciones sobre los alcances de los tipos penales.

2.4 El subregistro de los victimarios

Se encuentran, con gran preocupación, elevados niveles de subregistro en relación con los actores o victimarios en la violencia de pareja ejercida contra las mujeres, aunque se mencionan los casos, la información sobre los responsables es escasa.

Respecto a la violencia contra la mujer se puede señalar que hay una inmensa desproporción entre la gran magnitud de su ocurrencia y la gran carencia de su registro. Los estudios de la Procuraduría muestran que se carece de información confiable, actualizada y verificable, y que hay un desconocimiento institucional del marco jurídico internacional y nacional vigente para Colombia, frente a la garantía de los derechos de las mujeres, especialmente en lo referente al derecho a la igualdad y a los derechos sexuales y reproductivos (Victoria & Ibarra, 2001).

2.5 La violencia física es la más frecuente

La violencia física es la forma4 más recurrente de las violencias que sufren las mujeres. Las cifras muestran que ya se empieza a detectar y a denunciar el inicio del ciclo de la violencia: las agresiones verbales que constituyen violencia psicológica. El siguiente cuadro hace referencia a esa tipología de violencias contra la mujer:

Hay una categoría difusa en las estadísticas que los observatorios denominan otras formas de violencia. Debe avanzarse para llamarlas por su nombre e identificarlas social y jurídicamente. Una de estas violencias ''ocultas'' es por ejemplo la violencia económica o patrimonial6, clasificación que en la mayoría de las situaciones es desconocida por las mujeres víctimas, y que del mismo modo puede resultar invisible ante la mirada de quienes estudian su recurrencia.

En el Observatorio de Cali se notan avances como la identificación de casos con nuevas denominaciones, por ejemplo, violencia gestacional, entendiendo por tal, la que se ejerce contra las mujeres en estado de embarazo. Llama la atención cómo en el estudio de Cali aparece esta tipología, pero tiene períodos en los cuales no se reseñan los datos.

2.6 El viacrucis institucional en la atención y la gran cantidad de casos que finalizan en conciliación y desistimiento

En relación con las cifras sobre atención institucional se observa que las Comisarías de Familia han sido las instituciones a la cuales más acuden las mujeres y donde se reportan, en consecuencia, el mayor número de casos de violencia contra la pareja. Las instituciones de salud aparecen también en los observatorios de las tres ciudades como sitios prioritarios de reporte de casos.

Esta realidad amerita acciones inmediatas respecto a la formación y actualización del personal vinculado a las Instituciones que forman parte de las rutas de atención, con el propósito de fortalecer la orientación, el manejo y seguimiento de los casos de violencia en las entidades de acceso constante y en igual sentido promover la existencia y efectividad de aquellas entidades donde la recurrencia de mujeres víctimas es mínima

En las cifras obtenidas en las tres ciudades se evidencia el elevado número de casos desistidos o conciliados. Vemos con preocupación este fenómeno y coincidimos con investigaciones anteriores (Báez, 2008) en que debe abordarse seriamente desde la política pública y la regulación del tema para evitar la impunidad y el riesgo que estas situaciones generan para las mujeres.

En el caso de Cali, la aproximación al fenómeno de la violencia contra las mujeres tiene grandes limitaciones pues el mismo observatorio advierte que tan solo el 20 % de los casos de VIF busca ayuda institucional, y que para la violencia sexual, esta búsqueda se da solo en el 5 % de los casos. Según el Observatorio de Violencia Familiar, la institución a la que más acuden las mujeres en esta ciudad son las Comisarías (49,48 %), seguidas de las Empresas Sociales del Estado –ESE– (27,08), Instituto Colombiano de Bienestar Familiar –ICBF– (15,47), Entidad Prestadora de Salud –EPS– (3,13) y otras (4,84).

En el estudio realizado en Pasto se presenta un consolidado interesante que muestra la atención institucional en los años 2008–2009.

En el gráfico se observa cómo la conciliación y el desistimiento son las principales razones de terminación de los procesos en casos de denuncias por violencia contra la pareja, resaltando un factor más de impunidad y revictimización.

 

3. Conclusiones y propuestas

Colombia está avanzando hacia la consolidación de políticas públicas y normas de protección a las víctimas de la violencia. Es tal vez el momento más oportuno para examinar qué rumbo debe darse al tratamiento de las mujeres víctimas de violencia de pareja. Las cifras nos presentan signos de alerta que deben ser atendidos por el Estado con carácter urgente.

Las investigadoras consideran de gran valor el fortalecimiento y trabajo armónico de los observatorios regionales de género, otros observatorios sociales y las iniciativas de Medicina Legal, Fiscalía, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar entre otras, como un avance en la necesidad de hacer seguimiento al tema de la violencia basada en género. Queda en evidencia la necesidad de un trabajo conjunto de estos observatorios, para que las mediciones sean más precisas y se permitan consolidados confiables a escala nacional y para cada uno de los municipios. Las políticas públicas se nutren de las cifras y esto es aún incierto.

Finalmente se destaca la importancia de promover investigaciones y focalizar intervenciones en los siguientes temas:

• Estandarización de las características, variables e instrumentos de recolección de información para todos los observatorios nacionales y regionales desde una perspectiva interinstitucional e intersectorial

• Generación de estrategias para el uso social de la información sobre violencia contra la pareja y violencia de género.

• Consolidación de estrategias de promoción a través del debate público sobre la problemática incluyendo a los colegios y universidades, y a las organizaciones sociales y comunitarias.

• Elaboración de políticas públicas locales pertinentes a la dimensión cuantitativa y cualitativa de la violencia familiar y la violencia contra la pareja.

• Diseño de programas de prevención que orienten las acciones de las instituciones públicas y privadas con responsabilidades en el tema.

• Fortalecimiento y/o creación de nuevas opciones de apoyo y acompañamiento jurídico a las mujeres, a través de los consultorios jurídicos o las clínicas jurídicas de apoyo a las mujeres víctimas de violencia.

• Trabajo conjunto de la Fiscalía, el Consejo Superior de la Judicatura y la Alta Consejería para la Equidad de la Mujer, para hacer visible la ruta de acceso a la justicia para las mujeres, con cifras precisas e indicadores que muestren avances en la garantía de los derechos de las mujeres frente a la violencia de género.

• Diseño de indicadores de impacto de las leyes 1257 de 2008 y 1254 de 2012, así como a los decretos 4796 de 2011, 4799 de 2011, 4798 de 2011 y 4463 de 2011.

• Impulso de una reforma legislativa en materia penal que garantice la protección de las mujeres en aquellos casos donde existen vacíos en la regulación penal, como lo es en el tema de las agresiones provenientes de exesposos, excompañeros o exnovios, incluyéndolas en las causales de agravación7. Es claro que este tema ha contribuido a incrementar los índices de impunidad en los delitos contra las mujeres.

 


Notas:

* Este artículo es resultado de la investigación realizada entre agosto 2010 y junio 2011 ''Estudio y seguimiento de las sentencias proferidas por los jueces penales del circuito y de los jueces de familia en las ciudades de Cartagena, Pasto y Cali en el periodo 2005 y 2009'' desarrollado por la Universidad del Rosario, con apoyo de las universidades de Nariño, Pontificia Universidad Javeriana de Cali y la Fundación Universitaria Tecnológico de Comfenalco–Cartagena. La investigación fue financiada por el Programa Integral contra la Violencia de Género (Alta Consejería Presidencial para la Equidad de las Mujeres, ONU MUJER, OIM, UNFPA. Memorando de entendimiento entre el Fondo de Desarrollo de las Naciones Unidas para la mujer y el Colegio Mayor de Nuestra Señora del Rosario y NGO–10 038).

1 En relación con el tratamiento jurídico de esta violencia, merece mencionarse la crítica que presenta el profesor Bernate a la nueva Ley 1254 de 2012 y en general a la regulación penal de la violencia intrafamiliar en Colombia, la cual se basa en los siguientes argumentos: i) Ha sido una regulación coyuntural e ineficiente, señalando que: ''... sancionaba la violencia intrafamiliar de manera subsidiaria, siempre que el hecho no constituyera otro delito, de forma tal que, en la práctica, era más beneficioso para el agresor cometer otro delito que el de violencia intrafamiliar'' ii) ''la disposición (ley 1254 de 2012) es inútil, pues si bien se anuncia dentro de la ley que estos delitos pierden el carácter de conciliables y desistibles, la realidad es que ello no es así, pues por expresa disposición del artículo 37.3 del Código de Procedimiento Penal, los efectos de la querella (desistimiento y conciliación) se aplican igualmente a los delitos que deban ser investigados de oficio. Adicionalmente, en estos delitos sigue siendo aplicable el principio de oportunidad, que procederá cuando las partes lleguen a un acuerdo sobre una indemnización de los perjuicios ocasionados. De esta manera, la idea de que el proceso pueda terminarse a instancias de las partes sigue estando perfectamente vigente, con lo que esta legislación queda en letra muerta'' (Bernate, 2012, p. 18).

2 Por violencia contra las mujeres se entiende en el artículo 2 de la Ley 1287: ''cualquier acción u omisión, que le cause muerte, daño o sufrimiento físico, sexual, psicológico, económico o patrimonial por su condición de mujer, así como las amenazas de tales actos, la coacción o la privación arbitraria de la libertad, bien sea que se presente en el ámbito público o en el privado'' (República de Colombia, ley 1287 de 2009, 2009).

3 Para el año 2009, el OVEF de Santiago de Cali, incluyen categorías como: Desconocido, abuelo (a), gestante, tío (a), sobrino (a), primo (a), vecino (a), amigo (a), nieto (a), cuidador (a), hermanastro (a), yerno, nuera, hijastro (a), inquilino (a), suegro (a), novio(a); todas ellas consolidadas en la categoría Otros.

4 Esta es la violencia que genera un daño o sufrimiento físico, que según la Ley 1257 de 2008 de Colombia implica el riesgo o disminución de la integridad corporal de una persona.

5 No se reporta información sobre Cartagena.

6 Violencia económica o patrimonial: según la Ley 1257 de 2008 de Colombia se caracteriza por la ''Pérdida, transformación, sustracción, destrucción, retención o distracción de objetos, instrumentos de trabajo, documentos personales, bienes, valores, derechos o económicos destinados a satisfacer las necesidades de la mujer'' (República de Colombia, Artículo 3 de Ley 1257 de 2008, 2008).

7 La causal podría señalar:'' Si la víctima del delito es o ha sido la cónyuge o la conviviente del autor, o estuvo ligada a él por una relación análoga'' (República de Chile, ley 20480 de 2010, 2010).


 

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