TY - JOUR AU - Isabela Figueroa AU - Pedro José Palacio Pardo AU - Ariel Fernando Amado Carrreño PY - 2020/05/08 Y2 - 2024/03/29 TI - El enfoque diferencial étnico y el deber de la consulta previa en el acuerdo de paz JF - Opinión Jurídica JA - Opin. jurid. VL - 19 IS - 38 SE - Artículos DO - 10.22395/ojum.v19n38a11 UR - https://revistas.udem.edu.co/index.php/opinion/article/view/3287 AB - El artículo reflexiona sobre la noción de enfoque diferencial territorial y étnico contenido en el acuerdo de paz entre el Estado colombiano y las FARC. Se busca identificar los efectos jurídicos que tiene esta noción y de qué manera su introducción en el acuerdo de paz ha traído una mayor protección de los derechos de los pueblos indígenas y otras minorías étnicas. Dado que el acuerdo reconoce que la herramienta jurídica para la realización de la paz en las tierras y territorios de las minorías étnicas es la consulta previa, también se hace un análisis preliminar de los efectos de esta propuesta de ley. Actualmente se discute en el Poder Legislativo lo que esta consulta que puede traer para laimplementación del acuerdo. ER -