TY - JOUR AU - Maicol Andrés Rodríguez Bolañoz AU - Sebastian Portilla Parra PY - 2020/05/08 Y2 - 2024/03/29 TI - Aplicación y límites de la inmunidad diplomática, a la luz de las normas del “ius cogens” JF - Opinión Jurídica JA - Opin. jurid. VL - 19 IS - 38 SE - Artículos DO - 10.22395/ojum.v19n38a13 UR - https://revistas.udem.edu.co/index.php/opinion/article/view/3292 AB - La inmunidad diplomática, en sus diferentes modalidades, procura el eficiente desarrollo de la actividad y objetivo del cuerpo diplomático. Integra, así, una amplia gama de prerrogativas y exenciones, debido a la soberanía e igualdad entre los Estados. Empero, posee límites que no se han desarrollado y aplicado de manera uniforme a nivel nacional e internacional, pues aún no existe consenso sobre si esta institución debe aplicarse conforme a su dimensión iure imperii o iure gestionis. En este contexto, el presente artículo de reflexión procura brindar luces respecto a esta controversia, que perjudica la comprensión, estudio y aplicación de esta figura. Lo anterior toma mayor complejidad al momento de atender las normas del ius cogens y el derecho internacional de los derechos humanos, esto es, cuando se vulneran estas normas bajo el amparo de la inmunidad diplomática, aunque las cortes internacionales y la doctrina no están contentos en una interpretación respecto de los límites y alcances de dicha inmunidad. Para finalizar, se presenta el caso colombiano y se enfatizan las ambigüedades de la jurisprudencia de las altas cortes que manejan tesis divergentes. En este sentido, los derechos fundamentales dependen de la jurisdicción a la cual acudan, lo que genera inseguridad jurídica, en contravía de lo profesado desde nuestranorma superior. ER -