TY - JOUR AU - Mauricio Bocanument Arbeláez PY - 2014/12/19 Y2 - 2024/03/29 TI - La Revolución constitucional de 1810: fin de una discusión. En: Bicentenario constitucional colombiano, tomo I, 1810: Revolución o independencia. Centro de Investigación jurídicas de la Universidad de Medellín. (pp. 211-232). JF - Opinión Jurídica JA - Opin. jurid. VL - 13 IS - 26 SE - Reseñas DO - UR - https://revistas.udem.edu.co/index.php/opinion/article/view/967 AB - Señala el autor que las declaraciones de inde­pendencia en América son una réplica de las declaraciones libertarias de Estados Unidos de América de 1787 y de Francia en 1789, las cuales buscaron establecer un nuevo orden, una nueva alianza entre los gobernantes y los gobernados. Por ello, las juntas provinciales en Colombia tuvieron una importancia al momen­to de consolidar el proceso revolucionario: se constituyeron en una asamblea nacional de de­legados para la conformación del Congreso de las Provincias Unidas de la Nueva Granada, con miras a escribir la nueva Constitución federal. Cada una de las Juntas provinciales tenían dos delegados que participaban en las discusiones constitucionales de la capital, pagados por co­merciantes y ricos hacendados, con módicos salarios y una modesta seguridad para que no fueran asesinados por el ejército español como había ocurrido en Quito. ER -