Conjuntos fuzzy e o direito: um novo paradigma formal na sintaxe jurídica

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Manuel Asdrúbal Prieto Salas

Resumo

Este artigo de pesquisa tem como objetivo destacar as limitações operacionais dos modelos lógicos tradicionais em sistemas constitucionalizados e mostrar como os conjuntos fuzzy, derivados da lógica fuzzy, oferecem uma alternativa viável para atender ao componente formal nesses sistemas. Para isso, foi implementado um método de pesquisa jurídico-filosófico voltado para análises lógico-formais de decisões jurídicas em enunciados normativos impactados pela vagueza linguística. Os resultados indicam que a bivalência de valores, comum na lógica de primeira ordem, gera limitações adaptativas significativas ao lidar com casos que envolvem princípios e valores jurídicos. Assim, devido ao elevado grau de indeterminação semântica desses enunciados normativos, os modelos jurídicos sistêmico-formais baseados em lógica de primeira ordem devem ser substituídos por modelos sistêmicos fundamentados em conjuntos fuzzy.

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Seção

Artículos

Biografia do Autor

Manuel Asdrúbal Prieto Salas, Catholic University of Colombia

Abogado, Universidad Católica de Colombia (2009); especialista en metodología de la investigación jurídica de la Universidad de Jaén (España); magister en teoría y filosofía del derecho de la Universidad Libre (2015). Docente investigador en la Universidad Católica de Colombia.

Como Citar

Prieto Salas, M. A. (2024). Conjuntos fuzzy e o direito: um novo paradigma formal na sintaxe jurídica. Opinión Jurídica, 23(50), 1-16. https://doi.org/10.22395/ojum.v23n50a48

Referências

Agudelo Giraldo, O. A., León Molina, J. E., Prieto Salas, M. A. y Reyes, Y. (2017). Lógica aplicada al razonamiento del derecho. Universidad Católica de Colombia. http://hdl.handle.net/10983/14954

Alarcón Cabrera, C. (1999). Imperativos y lógica en Jorgen Jorgensen. Isegoría, (20), 207-215. https://doi.org/10.3989/isegoria.1999.i20.101

Alchourrón, C. y Bulygin, E. (2013). Sistemas normativos. Introducción a la metodología de las ciencias jurídicas. Astrea.

Alexy, R. (2007). Teoría de la argumentación jurídica. Centro de Estudios Políticos y Constitucionales.

Alexy, R. (2010). La construcción de los derechos fundamentales. Ad-Hoc.

Aristóteles. (2006). Órganon Tomo II. Gredos.

Atienza, M. y Ruiz Manero, J. (2007). Las piezas del derecho. Ariel.

Atkins, P. (2008). Las cuatro leyes del universo. Espasa.

Berman, H. (1996). La formación de la tradición jurídica de Occidente. Fondo de Cultura Económica.

Bulygin, E. (1995). Lógica Deóntica. En C. Alchourrón, J. Méndez y R. Orayen, Lógica (págs. 129-142). Trotta.

Cryan, D., Shatil, S. y Mayblin, B. (2005). Lógica para todos. Paidós.

Dawkins, R. (1985). El gen egoísta. Salvat.

Del Vecchio, G. (1952). La Justicia. Depalma.

Echave, D., Urquijo, M. y Guibourg, R. (2008). Lógica, proposición y norma. Editorial Astrea.

Ferrajoli, L. (2011). Principia Iuris. Teoría del derecho y de la democracia. Trotta.

Gianella de Salama, A. (1986). Lógica simbólica y elementos de metodología de la ciencia. El Ateneo.

González Morcillo, C. (2011). Lógica difusa. Una introducción práctica. Técnicas de softcomputing.

Habermas, J. (2001). Facticidad y validez. Trotta.

Hart, H. (1968). El concepto de derecho. Abeledo-Perrot.

Kelsen, H. (1986). Teoría pura del derecho. Universidad Nacional Autónoma de México.

Kosko, B. (2010). El futuro borroso o el cielo en un chip. Drakontos.

Lameda Montero, C. y Torres Cruz, E., (2018). Lotfi Zadeh: el genio creador de la lógica borrosa. Publicaciones en Ciencias y Tecnología, 12(2), 127-133. https://revistas.uclave.org/index.php/pcyt/article/view/1161

Larenz, K. (1980). Metodología de la ciencia del derecho. Ariel.

Macintyre, A. (1994). Justicia y racionalidad. Ediciones Internacionales Universitarias.

Mardones, J. y Ursúa, N. (2012). Filosofía de las ciencias humanas y sociales. Anthropos.

Maturana, H. y Varela, F. (2003). El árbol del conocimiento. Lumen.

Moreso Mateos, J. J. (1986). Las ficciones en Jeremy Bentham. El método de la paráfrasis. Doxa, (3), 129-139. https://doi.org/10.14198/DOXA1986.3.09

Nino, C. (2001). Introducción al análisis del derecho. Ariel.

Palau, G. (2002). Introducción filosófica a las lógicas no clásicas. Editorial Gedisa.

Perelman, C. y Olbrechts-Tyteca, L. (2015). Tratado de la argumentación: La nueva retórica. Gredos.

Prieto, M. (2020). Semiótica y derechos humanos. En Ó.A. Agudelo Giraldo (ed.), Derechos humanos, democracia y poder judicial (pp. 15-42). Universidad Católica de Colombia. https://doi.org/10.14718/9789585133020.2020

Prigogine, I. y Stengers, I. (2004). La nueva alianza. Alianza Editorial.

Rodríguez Garavito, C. (2012). La decisión judicial. El debate Hart-Dworkin. Siglo del Hombre Editores.

Sánchez Zorrilla, M. (2011). La metodología en la investigación jurídica: características peculiares y pautas generales para investigar en el derecho. Revista telemática de filosofía del derecho, (14), 317-358. http://www.rtfd.es/numero14/11-14.pdf

Schrodinger, E. (2005). ¿Qué es la vida? Textos de biofísica.

Tomás de Aquino, S. (1993). Suma de teología. Biblioteca de autores cristianos.

Viehweg, T. (1964). Tópica y jurisprudencia. Taurus.

von Wright, G.H. (1951). Deontic Logic. Mind, 60(237), 1-15. https://doi.org/10.1093/mind/LX.237.1

Wintgens, L. (1993). Retórica, razonabilidad y ética. Un ensayo sobre Perelman. Doxa. Cuadernos de filosofía del derecho, (14), 195-206. https://doi.org/10.14198/DOXA1993.14.11