Las donaciones colacionables: el enigma de una institución jurídica. Incidencias sustantivas para el derecho positivo cubano

Contenido principal del artículo

José Karel Fernández Martell
Ediltrudis Panadero de la Cruz

Resumen

El artículo muestra la realidad del derecho sucesorio nacional, respecto a lo inmutable que resulta en la práctica jurídica cubana de estos tiempos la aplicaciónde los preceptos contentivos de la colación hereditaria, aun cuando el alto número de casos en sede de partición y adjudicación hereditaria demuestran que los operadores jurídicos pasan por alto la institución. Ello se debe, en gran medida, a la enrevesada fórmula legal del artículo 530 del Código Civil (Repúblicade Cuba, 1987) y la exagerada economía preceptual que acompaña al texto sustantivo civil cubano al tratar insuficientemente figuras como la legítima, las operaciones para cálculo y determinación de la misma (computación o reuniónficticia, imputación), los bienes colacionables y no colacionables, las formas de extinción de la colación, etc.

Cómo citar
Fernández Martell, J. K., & Panadero de la Cruz, E. (2014). Las donaciones colacionables: el enigma de una institución jurídica. Incidencias sustantivas para el derecho positivo cubano. Opinión Jurídica, 11(22). Recuperado a partir de https://revistas.udem.edu.co/index.php/opinion/article/view/566

Detalles del artículo

Biografía del autor/a

José Karel Fernández Martell, Universidad de Oriente

Profesor Asistente de Derecho Civil. Facultad de Derecho. Universidad de Oriente, Cuba. Magíster en Derecho Civil,de Familia y Agrario. Notario público. Línea de investigación: Derecho de Contratos, Sucesiones y Notarial

Ediltrudis Panadero de la Cruz, Universidad de Oriente

Profesora Titular de Derecho Civil. Facultad de Derecho. Universidad de Oriente. Cuba. Doctora en Ciencias jurídicas. Línea de investigación: Derecho de Sucesiones y Notarial.