El 'plan pistola' como crimen de lesa humanidad en contra de miembros del Ejército Nacional

Contenido principal del artículo

Jean Carlo Mejía Azuero

Resumen

En Colombia, durante el conflicto armado más prolongado del hemisferio occidental (en adelante, cani), fueron ejecutados a través de prácticas sicariales (ajusticiamientos en términos insurgentes) miembros del Ejército Nacional por parte de grupos ilegales, aprovechando circunstancias especiales como la indefensión, la sorpresa, los permisos, descansos o traslados de una parte a otra del país. El comportamiento criminal descrito, que ha sido definido como 'plan pistola', se podría constituir 'de acuerdo con el escaso precedente internacional y los desarrollos internos' en crímenes de lesa humanidad (Cassese & Delmas, 2004) en la modalidad de homicidio agravado contra la población civil, distanciándose de las descripciones propias del derecho internacional humanitario, lo cual constituye toda una novedad, y con lo que de paso se evitaría la impunidad de un crimen tan grave. Las víctimas indirectas del 'plan pistola' en un escenario de justicia transicional tienen el derecho a conocer la verdad plena sobre cómo fueron ejecutados sus seres queridos, así como a escuchar de los victimarios cuáles fueron las políticas y órdenes criminales generadas en sus grupos para que sucedieran estos graves hechos sistemáticos o generalizados.

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Detalles del artículo

Sección

Artículos

Biografía del autor/a

Jean Carlo Mejía Azuero, Universidad Católica de Bogotá (Colombia).

Abogado de la Universidad Militar Nueva Granada, Bogotá, Colombia. Especialista en derecho administrativo. Universidad Militar Nueva Granada. Bogotá, Colombia, doctor en Derecho de la Universidad Externado, Bogotá, posdoctor en Derecho de la Universidad Nacional, Bogotá, Colombia. Docente e investigador de la Universidad Católica de Bogotá, Colombia. Correo electrónico: jcmejia@ucatolica.edu.co

Cómo citar

Mejía Azuero, J. C. (2019). El ’plan pistola’ como crimen de lesa humanidad en contra de miembros del Ejército Nacional. Opinión Jurídica, 18(36), 135-164. https://doi.org/10.22395/ojum.v18n36a6

Referencias