Conciliaciones formales vs. conciliaciones en clave comunicativa
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Resumen
Propone este trabajo un cambio de racionalidad para abordar la conciliación en la medida en que, en la práctica, ésta es despojada de la posibilidad de resolver conflictos extrajudiciales. Las partes involucradas participan en el encuentro conciliatorio para cumplir con el requisito legal de procedibilidad y poder acudir posteriormente ante la justicia ordinaria. El cambio de racionalidad propuesto consiste en una reflexión teórica orientada a asumir la conciliación como verdadero espacio de diálogo, de entendimiento mutuo, es decir, abordarla desde una perspectiva de racionalidad comunicativa.
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Cómo citar
Sayas Contreras, R. E. (2008). Conciliaciones formales vs. conciliaciones en clave comunicativa. Opinión Jurídica, 7(13), 115–137. Recuperado a partir de https://revistas.udem.edu.co/index.php/opinion/article/view/155