Los principios generales del derecho en el artículo 230 de la Constitución Política. ¿Normas morales o normas jurídicas?
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Resumen
Pasados veinticinco años, pervive la falta de legitimidad en la Administración de Justicia, lo que exige indagar por las razones y proponer soluciones. Una de ellas es el artículo 230, cuyo texto parece evocar el razonamiento jurídico del siglo XIX. La enunciación de principios como criterios auxiliares parece oponerse a un razonamiento jurídico que reivindica su prevalencia sobre las restantes normas del ordenamiento. De allí el temor al prevaricato en los operadores jurisdiccionales al momento de su aplicación. Esa interpretación está alimentada por el sentido otorgado a la expresión 'principios generales del derecho' como normas que están por fuera del ordenamiento jurídico, realizada en la sentencia C-083 de 1995. Por ello, es necesario abordar su estudio a partir de tres aspectos: los cambios en el razonamiento jurídico exigidos por el Estado social de derecho colombiano, el análisis de las fuentes bibliográficas empleadas en la sentencia y su coherencia con otras normas del ordenamiento. El principal hallazgo es la necesidad de una reinterpretación del artículo 230 a la luz de la naturaleza y funciones de los principios en el Estado social de derecho colombiano.
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