Los principios generales del derecho en el artículo 230 de la Constitución Política. ¿Normas morales o normas jurídicas?

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Sergio Estrada Vélez

Resumen

Pasados veinticinco años, pervive la falta de legitimidad en la Administración de Justicia, lo que exige indagar por las razones y proponer soluciones. Una de ellas es el artículo 230, cuyo texto parece evocar el razonamiento jurídico del siglo XIX. La enunciación de principios como criterios auxiliares parece oponerse a un razonamiento jurídico que reivindica su prevalencia sobre las restantes normas del ordenamiento. De allí el temor al prevaricato en los operadores jurisdiccionales al momento de su aplicación. Esa interpretación está alimentada por el sentido otorgado a la expresión 'principios generales del derecho' como normas que están por fuera del ordenamiento jurídico, realizada en la sentencia C-083 de 1995. Por ello, es necesario abordar su estudio a partir de tres aspectos: los cambios en el razonamiento jurídico exigidos por el Estado social de derecho colombiano, el análisis de las fuentes bibliográficas empleadas en la sentencia y su coherencia con otras normas del ordenamiento. El principal hallazgo es la necesidad de una reinterpretación del artículo 230 a la luz de la naturaleza y funciones de los principios en el Estado social de derecho colombiano.


Cómo citar
Estrada Vélez, S. (2016). Los principios generales del derecho en el artículo 230 de la Constitución Política. ¿Normas morales o normas jurídicas?. Opinión Jurídica, 15(30), 47–66. https://doi.org/10.22395/ojum.v15n30a2

Detalles del artículo

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Biografía del autor/a

Sergio Estrada Vélez, Institución Universitaria de Envigado

Profesor de Teoría del Derecho, Principialística y Hermenéutica Jurídica de la Facultad de Derecho de la Institución Universitaria de Envigado, investigador del grupo Auditorio Constitucional, perteneciente a la misma institución; especialista en derecho constitucional; especialista en argumentación jurídica; Diploma de Estudio Avanzados Universidad de León (España); magíster en Derecho; estudios de doctorado Universidad de Buenos Aires; Director del Centro de Estudios Políticos y Constitucionales de Medellín; autor de los textos: La excepción de principialidad (ed. Temis 2000), Los principios jurídicos y el bloque de constitucionalidad (Ed. Universidad de Medellín, 3.ª ed. 2011).