Los principios generales del derecho en el artículo 230 de la Constitución Política. ¿Normas morales o normas jurídicas?

Sergio Estrada Vélez | Biografía
Institución Universitaria de Envigado

Resumen

Pasados veinticinco años, pervive la falta de legitimidad en la Administración de Justicia, lo que exige indagar por las razones y proponer soluciones. Una de ellas es el artículo 230, cuyo texto parece evocar el razonamiento jurídico del siglo XIX. La enunciación de principios como criterios auxiliares parece oponerse a un razonamiento jurídico que reivindica su prevalencia sobre las restantes normas del ordenamiento. De allí el temor al prevaricato en los operadores jurisdiccionales al momento de su aplicación. Esa interpretación está alimentada por el sentido otorgado a la expresión “principios generales del derecho” como normas que están por fuera del ordenamiento jurídico, realizada en la sentencia C-083 de 1995. Por ello, es necesario abordar su estudio a partir de tres aspectos: los cambios en el razonamiento jurídico exigidos por el Estado social de derecho colombiano, el análisis de las fuentes bibliográficas empleadas en la sentencia y su coherencia con otras normas del ordenamiento. El principal hallazgo es la necesidad de una reinterpretación del artículo 230 a la luz de la naturaleza y funciones de los principios en el Estado social de derecho colombiano.

Referencias

ARCE Y FLÓREZ-VALDÉS. Joaquín. (1990) Los principios generales del derecho y su formulación constitucional. Madrid: Civitas.

BERNAL, Carlos. (1997) El juez ordinario entre legalidad y constitucionalidad. Bogotá: Instituto de Estudios Constitucionales Carlos Restrepo Piedrahita.

BIDART, German. (1987). La interpretación y el control constitucionales en la Jurisdicción constitucional. Buenos Aires: Ed. Ediar.

CARRIÓ, Genaro (1994). Notas sobre derecho y lenguaje. 4.ª ed. Buenos Aires: Abeledo Perrot.

______. Principios jurídicos y positivismo jurídico. (1970) Buenos Aires: Abeledo-Perrot.

ESTRADA, Sergio (2011) Los principios Jurídicos y el bloque de constitucionalidad. 2.ª ed. Medellín: Universidad de Medellín.

FERRAJOLI, Luigi. (2008) La teoría del derecho en el sistema de los saberes jurídicos En La teoría del derecho en el paradigma constitucional. Madrid: Fundación coloquio jurídico europeo, 2008.

GASCÓN, Marina (1997). Fuentes del derecho. En Lecciones de Teoría del Derecho. Jerónimo Betegón Carrillo y otros. Madrid: McGraw-Hill.

GUASTINI, Riccardo. (1999) Distinguiendo. Estudios de teoría y metateoría del derecho. Trad. Jordi Ferrer i Beltrán. Barcelona: Gedisa.

HÄBERLE, Peter. (2007) El Estado constitucional. Trad. Héctor Fix Fierro. Buenos Aires: Astrea

HABERMAS, Jürgen. (1998) Facticidad y validez, Trad. Manuel Jiménez Redondo, Madrid: Trotta.

PERELMAN, Chaim. (1979) La lógica jurídica y la nueva retórica. Trad. Luis Díez-Picazo. Madrid: Civitas

_________. El neoconstitucionalismo principialista en la Asamblea Nacional Constituyente de 1991. Revista prolegómenos, 2014.

VALENCIA, Hernán. (2007) Nomoárquica, principialistica jurídica o filosofía y ciencia de los principios generales del derecho. 4.ª ed. Medellín: Comlibros.

ZULUAGA, Ricardo. (2008) De la expectativa al desconcierto. El proceso constituyente de 1991 visto por sus protagonistas. Cali: Pontificia Universidad Javeriana.
Cómo citar
Estrada Vélez, S. (2016). Los principios generales del derecho en el artículo 230 de la Constitución Política. ¿Normas morales o normas jurídicas?. Opinión Jurídica, 15(30), 47-66. https://doi.org/10.22395/ojum.v15n30a2

Descargas

La descarga de datos todavía no está disponible.

Send mail to Author


Send Cancel

Estamos indexados en

  • CATEGORÍA C