El concepto de actividad peligrosa en el derecho administrativo colombiano

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Carlos Mario Molina Betancur

Resumen

Hasta ahora, la práctica judicial ha identificado o catalogado algunas actividades como peligrosas, como los combustibles, los explosivos, las redes de energía, la conducción de vehículos y aeronaves, las armas de fuego, los hospitales psiquiátricos, las fumigaciones aéreas, los gases residuales, entre otras. Lista que no es taxativa y que puede verse ampliada de forma considerable si tenemos en cuenta la situación de alta peligrosidad en la que viven muchas poblaciones colombianas


Cómo citar
Molina Betancur, C. M. (2006). El concepto de actividad peligrosa en el derecho administrativo colombiano. Opinión Jurídica, 5(9), 103–124. Recuperado a partir de https://revistas.udem.edu.co/index.php/opinion/article/view/843

Detalles del artículo

Biografía del autor/a

Carlos Mario Molina Betancur, Universidad de Medellín

Abogado, magíster en derecho público europeo, Doctor en derecho público interno, miembro de L’ACAST (Asociación de Investigadores Colombianos en Francia). Docente investigador de tiempo completo de la Universidad de Medellín